Al igual que en Oaxaca, en el Congreso de Hidalgo se plantea prohibir la distribución, venta y regalo de bebidas y alimentos con alto contenido calórico a menores de edad en Hidalgo, por parte de los diputados de Morena, con la finalidad de frenar la epidemia de obesidad y sobrepeso.

Para tal efecto, los legisladores de Morena promueven iniciativas que reforma diversas disposiciones de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, de la Ley de Salud y de la Ley de Educación estatales.

Los diputados Lisset Marcelino Tovar, Noemí Zitle Rivas, Susana Ángeles Quezada, Víctor Osmind Guerrero Trejo, Corina Martínez García, Raymundo Lazcano, Salvador Sosa Arroyo, Rafael Garnica Alonso y José Luis Muñoz Soto, plantearon estas iniciativas, todas encaminadas a establecer el derecho a una alimentación completa, equilibrada, inocua, suficiente, variada y adecuada para niñas, niños y adolescentes en el estado de Hidalgo.

Además, por considerar que no es suficiente con el establecimiento de un derecho, sino que se brinden las herramientas jurídicas para su ejercicio pleno, los legisladores proponen también adicionar el artículo 21 Bis a la Ley de Salud Para el Estado de Hidalgo, con el fin de prohibir de manera expresa la distribución y venta de bebidas azucaradas procesadas y alimentos envasados con alto contenido calórico en cualquier establecimiento de venta de alimentos, bebidas no alcohólicas y alcohólicas del territorio estatal.

También se incluye una sanción administrativa de hasta cien veces la Unidad de Medida y Actualización para quienes violen lo establecido en las disposiciones sanitarias relativas al consumo de estos productos por parte de niñas, niños y adolescentes.

Las propuestas de los legisladores de Morena, al igual que la aprobada por el Congreso de Oaxaca, busca prohibir la venta de productos que dañan en gran medida la salud de los hidalguenses, y que padres de familia o tutores tengan la responsabilidad y el compromiso con la sana alimentación de los menores de edad, ya que son quienes cuentan con mayor conocimiento sobre los productos con alto contenido calórico.

Dado que las niñas, niños y adolescentes, a diferencia de las personas adultas, no pueden elegir el entorno en el que viven y por tanto, tampoco eligen los alimentos que consumen, además de que tienen una capacidad limitada para comprender las consecuencias a largo plazo de su comportamiento con un consumo de alimentos con exceso de calorías, la labor de los legisladores es buscar y conseguir medidas de asequibilidad y accesibilidad reales para una dieta balanceada y nutritiva para todos los hidalguenses, especialmente para los menores de edad.

Establecieron que pese a los esfuerzos emprendidos por los Gobiernos Federal y estatal, poco se ha logrado avanzar en este tema, ya que en la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición 2018, llevada a cabo por la Secretaria de Salud, por el Instituto Nacional de Salud Pública y el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, se puede observar que de los 43 millones 600 mil niñas, niños y adolescentes de entre 0 y 19 años de edad, 18 millones 723 mil 760 niñas, niños y adolescentes sufren de sobrepeso y obesidad, es decir, el 42.94% de nuestra población infantil padece esta enfermedad.

Indicaron que las niñas, niños y adolescentes con sobrepeso u obesidad tienden a seguir siéndolo en la vida adulta, aumentando con ello las probabilidades de padecer a edades más tempranas, enfermedades cardiovasculares o diabetes, por lo que luchar contra esta epidemia consiste en lograr un equilibrio calórico que se mantenga a lo largo de toda la vida.

Con base en las iniciativas de reforma a diversas disposiciones de las leyes estatales arriba mencionadas, quedaría prohibido en el Estado de Hidalgo la distribución, venta, regalo y suministro de bebidas y alimentos azucarados y de alto contenido calórico a menores de edad en instituciones educativas públicas y privadas de educación básica, comprendido por preescolar, primaria, secundaria y educación media superior.

Asimismo, en distribuidores automáticos o expendedoras, en instituciones educativas públicas y privadas de educación básica y media superior. Las personas propietarias o encargadas de los establecimientos donde se vendan o suministren bebidas y alimentos en términos del artículo 107 Bis 7 párrafo segundo de esta ley, en ningún caso venderán o suministrar bebidas y alimentos envasados altos en azúcares y contenido calórico. En caso de incumplimiento serán acreedoras a una sanción administrativa.