El artículo 24 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos contempla el derecho a la libertad religiosa, establece que de toda persona tiene derecho a la libertad de religión, y a tener o adoptar, en su caso, la de su agrado y que incluye el derecho de participar, individual o colectivamente, tanto en público como en privado, en las ceremonias, devociones o actos del culto respectivo, siempre que no constituyan un delito o falta penados por la ley; sin embargo, que nadie podrá utilizar los actos públicos de expresión de esta libertad con fines políticos, de proselitismo o de propaganda política. Además prohíbe que el Congreso dicte leyes que establezcan o impidan religión alguna.
Lo anterior, en concordancia con los artículos 18 y 12 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José), mismos que reconocen el citado derecho a la libertad de religión, el cual incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia.
Es de destacar que nadie debe ser objeto de discriminación por motivos de religión, entendiendo ésta como toda distinción, exclusión, restricción o preferencia fundada en la religión y cuyo fin o efecto sea la abolición o el menoscabo del reconocimiento, el goce o el ejercicio de los derechos humanos. La discriminación entre los seres humanos por motivos de religión o convicciones, constituye una ofensa a la dignidad humana, entendiendo ésta como un valor, principio y derecho fundamental base y condición de todos los demás. Implica la comprensión de la persona como titular y sujeto de derechos y a no ser objeto de violencia o arbitrariedades por parte del Estado o de los particulares.
Se puede señalar que el bien jurídico protegido mediante la libertad religiosa es la autonomía personal para decidir tener creencias religiosas o no, y en caso de hacerlo, ajustar la vida conforme a ello, en los ámbitos público y privado.
En efecto, la importancia de la libertad religiosa no sólo radica en que ésta garantiza de manera individual el derecho a adoptar y poner en práctica determinadas creencias, sino que procura la convivencia pacífica entre miembros de una sociedad que tienen no sólo convicciones éticas y morales por completo distintas, sino creencias religiosas que pueden resultar incluso incompatibles entre sí.
Como se mencionó, la libertad religiosa, a pesar de ser un derecho consagrado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en Declaración Universal de los Derechos Humanos y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José), en ocasiones se ve violentado por personas intolerantes a otra religión que no es la adoptada, situaciones así se llegan a ver en comunidades, donde personas o familias tienen que salir de éstas, ya que son expulsadas por el otro grupo creyente o bien los servicios como agua o luz les son suspendidos. Situación que viola derechos humanos y ataca la dignidad de las personas.
Otro tipo de situaciones que se han observado en nuestro País y Estado, es que no se permita sepultar a los muertos en un panteón, porque éste pertenezca a otra religión diferente a la de la mayoría de la comunidad.
Por lo anterior, es importante, que hagamos conciencia y respetemos los derechos de las demás personas, ya que no sólo las autoridades deben cumplir con las funciones que les establece la ley, sino también la población civil debe ser tolerante y respetar los derechos de sus semejantes. En ese sentido es importante aplicar una regla de oro que es: “trata a los demás como quieras que te traten”.
De esta manera, uno de los pilares fundamentales de la libertad religiosa es la tolerancia, la cual exige que respetemos al otro, aunque no estemos de acuerdo con sus creencias y los actos que derivan de éstas, o dicho en palabras de Jurgen Habermas: “Debemos respetar en el otro también al conciudadano aun cuando consideremos falsos tanto su fe como su pensamiento y mala la correspondiente conducta vital”.
En las últimas décadas, México ha pasado a ser una nación pluricultural, por lo tanto, la tolerancia hacia la diversidad se ha convertido en uno de los más importantes valores en nuestro sistema democrático, en cual se debe consolidar.
Y si bien el Estado debe garantizar mediante medidas legislativas y políticas que se generen las condiciones propicias para su ejercicio, se requiere la participación de todas y todos, ya sea población civil o autoridades, de quienes depende la consolidación de un pleno ejercicio de la libertad religiosa, sin discriminación y respetando la dignidad de las personas.